PUNTOS DE VISTA:
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(I): Si nos remitimos al articulo 82 de la Constitución Nacional, podemos conocer que la Carta Magna, "establece el derecho que le asiste a cada persona a tener una vivienda adecuada, segura, cómoda, higiénica, con servicios básicos esenciales que incluyan un hábitat que humanice las relaciones familiares, vecinales y comunitarias", añade "la satisfacción progresiva de este derecho es obligatoria compartida entre los ciudadanos y ciudadanas y el Estado en todos sus ámbitos. El Estado dará prioridad a las familias y garantizará los medios para que éstas y especialmente las de escasos recursos, puedan acceder a las políticas sociales y al crédito para la construcción, adquisición o ampliación de viviendas". En éste sentido queremos refrescar lo que en materia habitacional se adelantó en parte en los últimos cincuenta años, tomando en consideración que la dictadura peréjimenista había dejado una deuda pública de 4.577 millones de bolívares, el siete de julio del año 58, por Decreto 304 de la Junta de Gobierno, promulgo la Ley de Bancos Hipotecarios, respondiendo a la necesidad de canalizar los ahorros hacia la solución del problema de la vivienda.
El 10 de julio del mismo año emite los Decretos 315 y 316 eximiendo del Impuesto Sobre la Renta las nuevas construcciones de vivienda. El 25 de octubre se inaugura en Caracas el I Congreso Interamericano de la Construcción. El 12 de abril del año 59, se inaugura en Maracay el I Congreso Nacional de la Vivienda. El 18 de agosto se clausura en el Colegio de Ingenieros la II Convención de la Cámara de la Construcción. El 21 de septiembre se instala en Caracas el V Congreso de los Trabajadores de la Construcción. El 11 de diciembre del 64 el Gobierno Nacional anunció su propósito de subsidiar la Vivienda Popular en un esfuerzo del Sector Público con la voluntad emprendedora del Sector Privado. El 06 de junio del 69, el Ejecutivo Nacional firma la resolución que declara de Utilidad Pública para las viviendas que en el Distrito Federal y el Estado Miranda tengan un costo menor de los cien mil bolívares y de 75.000 en el resto del país. El 17 de septiembre el Gobierno Nacional crea la Comisión de la Vivienda que bajo la presidencia del Ministerio de Obra Públicas, agrupa diversos organismos, tales como el Banco Obrero, el Servicio de la Vivienda Rural, el Sistema Nacional de Ahorro y Préstamo y Cordiplan, con representación del Sector Privado.
El 2 de febrero del año 1972, Caldera entrego Planes de Desarrollo Urbanístico distribuidos en 25 poblaciones de ocho estados. En 1974 mediante Decreto 332, el Ejecutivo crea el 13 de agosto, el Programa para el Ordenamiento de las Áreas Ocupadas por los Barrios Pobres de las Ciudades del país. El 15 de mayo se crea mediante Decreto 908, el Instituto Nacional de la Vivienda. El 16 de mayo por Decreto 919 de la Presidencia de la República se dicta la Ley que Autoriza el Establecimiento de Bancos Multinacionales de Crédito Habitacional. El 8 de mayo del 76, se dicta el Decreto de Incentivos a la Vivienda Familiar. El 22 de de junio se firma un convenio entre FONDUR y el Sistema Nacional de Ahorro y Préstamo, que establece las bases para los programas conjuntos de Desarrollo Urbanístico. El 21 de julio se promulga el Instructivo 2.228, interpretativo del Decreto sobre viviendas inmobiliarias. El 27 de septiembre, el Ejecutivo Nacional modifica el Decreto 2.228 sobre viviendas excluyendo de su aplicación los inmuebles construidos antes del 1º de enero del 76, el 2 de marzo del 78, el Gobierno dictó el instructivo que extiende el límite de participación de los capitales extranjeros que vengan a desarrollar proyectos de viviendas y otras de interés social. El 7 de marzo el Presidente Decreta la creación de la Comisión Nacional Coordinadora de Desarrollo Urbanístico. El 30 de marzo el INAVI firma con el Sistema Nacional de Ahorro y Préstamo un acuerdo para la construcción de 36.960 viviendas por la cantidad de 2.800 millones de bolívares (es decir 7.575,76 Bolívares cada vivienda).
El 26 de julio el banco Central aumenta el 1% de interés a la banca hipotecaria y saca el Bono Quirografario, eleva a 2.00 bolívares el financiamiento por metro cuadrado para construcción de viviendas. El 8 de noviembre el Consejo de Ministros acordó la exoneración del pago de aranceles a las importaciones de casas prefabricadas debidamente calificadas por FONDUR y cuyo costo al público no sobrepase los 250 mil bolívares. El 1º de enero del 79 entre en vigencia la Ley de Enajenación de Bienes Muebles. El 11 de enero se incrementa en 1.485 millones de bolívares los depósitos de las EAP y se coloca en 7 mil millones de bolívares. El 27 de julio mediante Decreto 214 de Minfomento crea incentivos para el financiamiento y promoción de la construcción de viviendas. El 01 de noviembre el MARNR congelo el desarrollo urbanístico en Barlovento, como medida protectora de la fauna y flora de la región. El 4 de diciembre se firma el Convenio entre FONDUR y los presidentes de los bancos hipotecarios, mediante el cual el fondo coloca 500 millones de bolívares para programas sociales. El 01 de agosto del año 1.980, el Gobierno Nacional autorizó al IAN, para un crédito público de 446 millones de bolívares para el fomento y ampliación del Programa de las Aldeas Rurales en todo el país hasta el año 1.984. el 27 de julio el BCV aprueba la adquisición de 325 millones en cédulas hipotecarias en programas de ayuda ala Banca Hipotecaria. El 11 de septiembre en Consejo de Ministros se decide ampliar a 30 años el plazo de la Banca Hipotecaria para la cancelación de créditos de viviendas. El 16 de agosto del año 1.982, las entidades de ahorro y préstamo, deciden crear las condiciones para rebajar las tasas de interés al 16%. El 02 de noviembre el Gobierno aprobó un crédito al FONDUR por 525 millones de de dólares.
En lo atinente al incentivo del Ejecutivo Nacional en las ultimas dos décadas, podemos concluir que no se han hecho otra cosa que paliativos, ya que los verdaderos pobres que no habitaban en los cerros mas deplorables, los recogían cada vez que se presentaban desastres y los tiraban en barracas inhumanas, como si se trataran de cerdos. El Gobierno de Chávez ha tratado de hacer todo tipo de esfuerzos para dignificar a los sectores vulnerables de la población, otorgándoles importantes financiamientos, reubicándolos a viviendas dignas, incentivando las organizaciones comunitarias de vivienda y hábitat, creando el Ministerio de la Vivienda y Hábitat. Sin embargo consideramos que la situación actual amerita la emisión de Bonos especiales para la construcción masiva de viviendas y así ofrecer la respuesta gradual que el pueblo exige, en el entendido de que ni Chávez ni nadie tiene en sus manos el poder que le atribuyen al maestro Said Baba de materializar y sacar de sus manos en unos instantes los mas de Dos Millones deficitarios de soluciones habitacionales, para poder callar a la opocisión de la solicitud de viviendas, las que éllos descuidaron cuando fueron gobierno durante cuatro décadas.
*Jesús Muchacho Matheus
CNP: 1.092
Comando Nacional de Periodistas Bolivarianos "Fabricio Ojeda"
Jesusm0494@gmail.com
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